Micelio

Artículo 1

Decreto 751 de 1952 · Por el cual se asignan sueldos a los Magistrados del Tribunal Superior del Trabajo, en desarrollo del artículo 16 del -Decreto número 1745 de 1945

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único . A partir del 1º de enero de 1952, los magistrados del tribunal supremo del trabajo tendrá la asignación mensual de dos mil pesos ($ 2.000.00). Comuníquese y cúmplase.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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