Micelio

Artículo 1

º Mientras Subsista Turbado El Orden Público Y En Estado De Sitio Todo El Territorio Nacional, Declárase Zona De Emergencia Y De Operaciones Militares El Municipio De Puerto Boyacá, En El Departamento De Boyacá

Decreto 2100 de 1989 · Por el cual se dictan medidas tendientes al restablecimiento del orden público en el Municipio de Puerto Boyacá, en el Departamento de Boyacá.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Mientras subsista turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio nacional, declárase zona de emergencia y de operaciones militares el Municipio de Puerto Boyacá, en el Departamento de Boyacá.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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