°. En relación con las mercancías que la Aduana entregue a la Corporación, ésta quedara obligada a presentar dentro los treinta (30) días siguientes al retiro de la mercancía, el despectivo registro de importación y proceder a la nacionalización mediante el pago de los derechos arancelarios que liquide la Aduana, a más de los derechos consulares correspondientes.
Decreto 625 de 1966 →Vigente
Artículo 4
En Relación Con Las Mercancías Que La Aduana Entregue A La Corporación, Ésta Quedara Obligada A Presentar Dentro Los Treinta (30) Días Siguientes Al Retiro De La Mercancía, El Despectivo Registro De Importación Y Proceder A La Nacionalización Mediante El Pago De Los Derechos Arancelarios Que Liquide La Aduana, A Más De Los Derechos Consulares Correspondientes
Decreto 625 de 1966 · Por el cual se autoriza la importación de repuestos con destino a vehículos automotores de servicio público, por el sistema In-Bond
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.