º. Funciones . La Comisión Permanente del Sistema de Seguridad Social tendrá las siguientes funciones
Promover la prestación del servicio público de la seguridad social bajo un sistema competitivo, justo y eficiente.
Evaluar estudios sobre el sistema de seguridad social e identificar las fallas del mismo.
Velar por que las consultas, solicitudes y quejas que presenten los afiliados a las Entidades Administradoras de Pensiones sean atendidas.
Velar porque se otorguen oportunamente las prestaciones a los afiliados de las Administradoras de Pensiones.
Recomendar al Gobierno Nacional y a las Administradoras de Pensiones los ajustes administrativos necesarios para que se preste un mejor servicio a los afiliados.
Darse su propio reglamento.
Las demás que determine la ley.