Micelio

Artículo 3

Decreto 603 de 1973 · Por el cual se suprimen unos cargos y se crean otros en el Ministerio de Minas y Petróleos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero. El Gobierno o el Ministro procederán, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes, a designar las personas que deban ocupar los empleos que se establecen en el Presente Decreto. Los empleados que estando al servicio del Ministerio fueren incorporados en dicho cargo, no requerirán llenar otra formalidad para posesionarse que la firma del acta respectiva y el pago de impuesto de timbre correspondiente a la diferencia de remuneración si a ello hubiere lugar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 603 de 1973