º . También continuarán ingresando a la misma Caja los sueldos del personal de la Policía Nacional que en el curso de un año no hayan sido reclamados, con la obligación para la Caja de pagarlos, tan pronto como el interesado haga el reclamo correspondiente, sin perjuicio de la prescripción.
Decreto 2274 de 1931 →Vigente
Artículo 2
Decreto 2274 de 1931 · POR EL CUAL SE DICTAN VARIAS DISPOSICIONES RELACIONADAS CON LA CAJA DE AUXILIOS DE LA POLICIA NACIONAL
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.