Micelio

Artículo 5

Ley 38 de 1929 · SOBRE FOMENTO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA EN EL TERRITORIO NACIONAL DE LA GOAJIRA

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El personal para atender al recaudo y fiscalización de la renta de licores y demás rentas nacionales en La Goajira será el siguiente, que funcionará bajo la dependencia directa de la Aduana de Tucacas:

Los gastos anteriores, que serán detallados en los presupuestos anuales de la Comisaria, serán atendidos en cada año con el producto de todas las rentas de la Comisaria. Si ocurriere el caso de exceso de recaudos sobre los gastos y hubiere necesidad de efectuar egresos distintos a los que se dejan expresados, no podrán verificarse mientras el Gobierno Nacional no adicione los Presupuestos Nacionales con las partidas respectivas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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