Micelio

Artículo 16

Ley 59 de 1911 · Sobre prensa y otros medios de publicidad, y por la cual se adicionan y reforman las leyes existentes sobre la materia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los delitos de prensa, á los cuales no se señala pena en la presente Ley, serán castigados con las establecidas en el Código Penal y en la Ley 51 de 1898 , en los respectivos casos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 59 de 1911