El que difundiendo noticias falsas o usando otro medio fraudulento, determina en el mercado público o en las bolsas de comercio, un aumento o disminución en el precio de los salarios, víveres, géneros, mercancías, acciones, títulos o monedas, incurre en prisión de seis meses a tres años y en multa de cien a dos mil pesos.
Si el delito se comete por funcionarios públicos, agentes de cambio o de bolsa o por corredores de comercio, se impondrá además la pérdida del empleo o la suspensión de la profesión por un tiempo igual al doble de la condena.