Micelio

Artículo 24

Vigencia Del Reconocimiento Como "hospital Universitario"

Decreto 2376 de 2010 · por medio del cual se regula la relación docencia-servicio para los programas de formación de talento humano del área de la salud.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Vigencia del reconocimiento como "Hospital Universitario" . El reconocimiento como Hospital Universitario tendrá una vigencia de siete (7) años, antes de los cuales deberá programarse una nueva visita de verificación por parte de la Sala de Salud de Conaces para efectos de su renovación. No obstante, se perderá dicho reconocimiento, cuando la Comisión Intersectorial del Talento Humano en Salud, previa solicitud de explicaciones, demuestre que la institución prestadora de servicios de salud incumpla alguno de los requisitos definidos en el

Parágrafo 2

del artículo 13 de la Ley 1164 de 2007.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2376 de 2010