Micelio

Artículo 8

De Las Entidades Competentes Para La Inscripción En La Carrera Administrativa

Decreto 1334 de 1990 · por el cual se reglamenta el inciso tercero del artículo 27 de la Ley 10 de 1990, sobre la inscripción extraordinaria en la Carrera Administrativa de los empleados públicos del subsector oficial de Salud, al servicio de las entidades territoriales y de sus entes descentralizados.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° De las entidades competentes para la inscripción en la Carrera Administrativa. Sin perjuicio de las delegaciones que el Ministerio de Salud y el Departamento Administrativo del Servicio Civil estimen necesarias, y en las condiciones establecidas en el inciso segundo del artículo 27 de la Ley 10 de 1990, corresponde a este último la inscripción en Carrera Administrativa de los empleados públicos del Subsector Oficial del Sector Salud, de las entidades territoriales o de sus entes descentralizados.

Parágrafo

La inscripción de los funcionarios de la Secretaría de Salud, del Servicio Seccional de Salud y de las entidades del Subsector Oficial del Sector Salud del Distrito Especial de Bogotá, compete al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, en los términos de la Ley 10 de 1990 y lo dispuesto en el presente Decreto. El citado organismo, mensualmente suministrará al Ministerio de Salud y al Departamento Administrativo del Servicio Civil, el nombre, identificación y cargo de las personas inscritas en la Carrera Administrativa y toda aquella información que el Ministerio de Salud y el Departamento Administrativo del Servicio Civil le soliciten.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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