Micelio

Artículo 225

Decreto 181 de 1981 · Por el cual se expide el Código de Procedimiento Penal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Quienes pueden ser nombrados peritos. Podrán ser nombrados peritos, conforme al artículo anterior:

1. Las personas con título legalmente reconocido en la respectiva ciencia, técnica o arte.

2. Cuando no se diere el caso anterior, podrán ser nombradas personas entendidas en la respectiva materia aunque no tengan título.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 181 de 1981