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Artículo 2.2.4.2.13.2.2

Del Programa Nacional De Justicia En Equidad

Decreto 1069 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Del Programa Nacional de Justicia en Equidad. El Programa Nacional de Justicia en Equidad tendrá las siguientes funciones

1.

Proponer el diseño, la implementación y el fortalecimiento de la política pública en materia de conciliación en equidad, convivencia y métodos alternativos de solución de conflictos que se basen en la equidad y en los parámetros de justicia de las comunidades que habitan el territorio nacional. En ese orden de ideas, creará una hoja de ruta para la identificación, fortalecimiento y articulación de las diferentes formas de justicia en equidad y comunitaria en el ámbito nacional.

2.

Impulsar el fortalecimiento de la oferta y el acceso a la justicia en los diferentes territorios del país, sobre todo aquellos que hacen parte del Decreto número 893 de 2017, a través de la creación de los respectivos Programas Locales de Justicia en Equidad.

3.

Articularse con los Programas Locales de Justicia en Equidad de los respectivos departamentos, distritos y municipios y los Sistemas Locales de Justicia.

4.

Emitir lineamientos con el fin de orientar la adecuada atención de los casos a través de la conciliación en equidad y otras formas de justicia comunitaria.

5.

Diseñar y poner en marcha el proceso de acompañamiento y asesoría técnica y operativa de las entidades y organizaciones interesadas en implementar y fortalecer la conciliación en equidad y otras formas de justicia comunitaria.

6.

Promover y gestionar con el sector privado y con la cooperación internacional, alianzas estratégicas con el fin de fortalecer los temas propios del Programa Nacional de Justicia en Equidad.

7.

Articular las entidades del sector público y privado para materializar los estímulos a los conciliadores en equidad establecidos en el presente Decreto.

8.

Realizar un informe anual sobre el desarrollo de la conciliación en equidad y demás formas de resolución de conflictos en el ámbito comunitario en el país.

9.

Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza y los objetivos del Programa.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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