Micelio

Artículo 34

Decreto 187 de 1975 · Por medio del cual se dictan disposiciones reglamentarias en materia de impuestos sobre la renta y complementarios

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 34 . Cuando el contribuyente pida la autorización para adoptar un sistema de reconocido valor técnico con el objeto de determinar los costos de los activos movibles, de conformidad con el numeral 3º del artículo 21 del Decreto 2053 de 1974, deberá hacerlo con seis meses de antelación al vencimiento del año o ejercicio impositivo. Cuando la solicitud se refiera a la autorización de un sistema de depreciación diferente de los de Línea recta o de reducción de saldos, o la fijación de vida útil de bienes depreciables, distinta de la señalada en el reglamento, de conformidad con los numerales 1º y 6 del artículo 59 del Decreto 2053 de 1974, la petición deberá formularse por lo menos con tres (3) meses de anterioridad a la iniciación del ejercicio en el cual vayan a tener aplicación. Costos de activos inmovilizados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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