Micelio

Artículo 6

Ley 10 de 1981 · "por la cual se crea la Corporación Autónoma Regional del Tolima y se dictan otras disposiciones".

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Junta Directiva estará integrada por los siguientes miembros:

a)

El Jefe del Departamento Nacional de Planeación o su delegado;

b)

El Gobernador del Departamento del Tolima o su delegado;

c)

Dos representantes del Presidente de la República;

d)

El Gerente del Instituto Colombiano Agropecuario o su delegado, y

e)

El Gerente del Instituto Colombiano de Energía Eléctrica o su delegado.

Parágrafo

La Junta Directiva será presidida por el Jefe del Departamento Nacional de Planeación o su delegado, o en su ausencia por el Gobernador del Departamento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 10 de 1981