Micelio

Artículo 7

Decreto 623 de 1900 · Por el cual se reglamenta el Impuesto de peaje en el camino nacional de Cambao

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

" Art. 7° Los artículos que ya hayan pagado los derechos de peaje en alguno de los caminos del Departamento de Cundinamarca ó en la carretera que conduce de Facatativá á Agualarga, no volverán á causarlo en el camino de Cambao, hasta pasado el término que se asigna a la respectiva guía.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 623 de 1900