Micelio

Artículo 24

Las Subvenciones, Auxilios O Donaciones Que Se Destinen Por Las Entidades Públicas O Por Los Particulares Para Favorecer O Ayudar A Los Congresos Sindicales, Se Invertirán Bajo La Vigilancia Del Ministerio De Trabajo Y Seguridad Social

Decreto 1469 de 1978 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones laborales

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las subvenciones, auxilios o donaciones que se destinen por las entidades públicas o por los particulares para favorecer o ayudar a los congresos sindicales, se invertirán bajo la vigilancia del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. La destinación de las subvenciones, auxilios o donaciones oficiales deberán comprobarse ante la Contraloría General de la República de conformidad con las prescripciones señaladas por esta entidad.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1469 de 1978