Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente: Ministerio de Obras Públicas. CAPITULO 106 Del artículo 1631. Para aportes del Gobierno Nacional a la Asociación de Navieros, según contrato $ 500.000.00 Suman los contracréditos 500.000.00 CAPITULO 108 Al artículo 1641. Para gastos de conservación y adiciones y mejoras de la red de carreteras nacionales, según distribución que hará ,el Gobierno, en el año $ 200.000.00 CAPITULO 115 Al artículo 1669. Para estudios, construcción, ampliación y sostenimiento de aeródromos nacionales, en el año $ 300.000.00 Suman los créditos $ 500.000.00
Decreto 1513 de 1952 →Vigente
Artículo 1631
Para Aportes Del Gobierno Nacional A La Asociación De Navieros, Según Contrato $ 500
Decreto 1513 de 1952 · Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto Gastos vigente (Ministerio de Obras Públicas)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.