Micelio

Artículo 1

Las Mercancías Denominadas Y Comprendidas En Las Posiciones Y Subposiciones Del Arancel De Aduanas, Que A Continuación Se Indican, Corresponderán A Los Siguientes Grupos De Importación: Preferencial

Decreto 447 de 1955 · Por el cual se corrigen algunos errores y omisiones en que se incurrió al elaborar las listas definitivas de los grupos de mercancías de importación de que trata el decreto número 0371 del 18 de febrero de 1955

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Las mercancías denominadas y comprendidas en las posiciones y subposiciones del Arancel de Aduanas, que a continuación se indican, corresponderán a los siguientes Grupos de Importación: Preferencial. Posición Denominación 1 Ganado Caballar: c) Capones y yeguas. 30 Cerdas de puerco y de jabalí. 387 Flejes de madera; tablillas de madera; madera en virutas, tiras o cintas para cestería, trenzado, fabricación de cajas, etc. (Únicamente tablillas de madera para fabricación de lápices). 419 Papel en rollos u hojas, sin trabajo ni manufactura ulterior, que pese más de 30 gramos por metro cuadrado: f) Otros papeles de color natural, blancos o teñidos en la masa, no denominados ni comprendidos en otra parte: 3) Los demás. Primero: 754 Obras en lámina de hierro o acero, no denominadas ni comprendidas en otra parte: b) Pulimentadas, estañadas, galvanizadas, emplomadas, pintadas, barnizadas o laqueadas: 4) Cajas y tarros de cualquier forma especiales para enlatado, al vacio, de alimentos (Decretos 2102 de 1952 y 2176 de 1953).

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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