Micelio

Artículo 7

Ley 1 de 1937 · Por la cual se reforma la Ley 23 de 1931 y se dictan disposiciones relacionadas con la industria bananera del Departamento del Magdalena y la Sierra Nevada de Santa Marta

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Centro Mixto de Salud, organizado en cumplimiento del contrato celebrado entre la Dirección Nacional de Higiene, el Departamento del Magdalena, la Junta Central de Beneficencia del Magdalena, la Cooperativa Bananera del Magdalena, Limitada, y un grupo de productores de banano no cooperados, el día 15 de abril de 1935, gozará de personería jurídica.

El Centro Mixto de Salud reglamentará sus actividades dentro de las normas que fije el Gobierno Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 1 de 1937