°. La solicitudes de liquidación a que se refiere el artículo 24 del Decreto 3118 de 1968, que. hubieren sido presentadas por los empleados o trabajadores oficiales ante las entidades en donde estuvieren prestando sus servicios, dentro del término previsto en el citado artículo, se considerarán como presentadas a las respectivas entidades asistenciales a las cuales corresponda legalmente hacer dichas liquidaciones.
Decreto 629 de 1969 →Vigente
Artículo 1
La Solicitudes De Liquidación A Que Se Refiere El Artículo 24 Del Decreto 3118 De 1968, Que
Decreto 629 de 1969 · por el cual se adiciona el Decreto 162 de 1969 (febrero 19) reglamentario del Decreto extraordinario número 3118 de 1968
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.