° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias. Publíquesey cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 3 de abril de 1992. CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Comercio Exterior, Juan Manuel Santos Calderon .
Decreto 565 de 1992 →Vigente
Artículo 2
El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga Las Normas Que Le Sean Contrarias
Decreto 565 de 1992 · por el cual se aprueba el Acuerdo número 018-91 que fija las tarifas de las Zonas Francas Industriales y de las Empresas que funcionan con Areas de Extensión de las Zonas Francas Industriales.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.