Artículo primero. Sustitúyense la clase y grado ocupacionales de los siguientes cargos incorporados en la planta del Ministerio de Gobierno por Decreto número 1873 de 1960, así: Oficina Jurídica. 2 abogados V, grado 11, por 2 abogados VI, grado 12.
Decreto 1788 de 1961 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1788 de 1961 · Por el cual se modifica el artículo 1° del Decreto número 1873 de 1960
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.