Micelio

Artículo 78

Decreto 58 de 1989 · por el cual se reforma el Reglamento de calificación y clasificación para el personal de la Policía Nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Forma y plazo para presentar el reclamo . Los reclamos deben ser redactados en términos respetuosos y no pueden contener conceptos contrarios a la disciplina. Se orientarán a señalar concretamente el error en que pudo incurrir la autoridad evaluadora y a presentar los argumentos y descargos que justifiquen su desacuerdo. El derecho a reclamar prescribe a los diez (10) días calendario, después de la fecha del respectivo enterado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 58 de 1989