Micelio

Artículo 1

º En Desarrollo Del Artículo 15 Del Decreto Extraordinario 468 De 11 De Febrero De 1986 Y Para Los Efectos Previstos En El Mismo, Decreto, Señálase El Valor De Unidad De Poder Adquisitivo Constante Upac Para El Presente Año, En La Suma De Un Mil Quinientos Setenta Y Cuatro Pesos Con Veintidós Centavos ($ 1

Decreto 273 de 1988 · Por el cual se señala el valor de la Unidad de Poder Adquisitivo Constante UPAC para los efectos del Decreto-ley 468 de 1986

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º En desarrollo del artículo 15 del Decreto extraordinario 468 de 11 de febrero de 1986 y para los efectos previstos en el mismo, Decreto, señálase el valor de Unidad de Poder Adquisitivo Constante UPAC para el presente año, en la suma de un mil quinientos setenta y cuatro pesos con veintidós centavos ($ 1.574.22) moneda corriente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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