Micelio

Artículo 1

Ley 47 de 1886 · que aprueba un contrato

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Apruébase eí contrato de once de Octubre de este año, sobre establecimiento de fábricas para extraer la fibra del fique y hacer tejidos con ella, con las siguientes modificaciones:

El artículo 3.° negado.

El artículo 4.° así:

Artículo 4.° El Gobierno se compromete á pagar á Campuzano las veinte mil yardas de alfombra á razón de cincuenta centavos ($ 0-50 es,) cada yarda, en esta forma : cinco mil pesos ($ 5,000) el día en que sea definitivamente aprobado este contrato, si lo permitiere la situación del Tesoro; y cinco mil pesos ($ 5,000) cuando haya entregado el total de las veinte mil yardas;

El artículo 5.° así:

Art. 5.° Campuzano, para asegurar la suma que recibe al contado á cuenta del valor de la alfombra que, el Gobierno le compra hipotecará una finca raíz de valor libre de doce mil pesos ($ 12,000).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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