°. Prórroga . Prorrógase el plazo dispuesto para la liquidación y por ende la existencia de la Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica S. A. E.S.P., en liquidación, (Corelca S. A. E.S.P.), en Liquidación, establecido en el artículo 3° del Decreto número 3000 de 2011, modificado por el Decreto número 1735 de 2012, el Decreto número 0326 y el Decreto número 1768 de 2013, hasta el 15 de diciembre de 2013, de conformidad con la parte considerativa del presente decreto.
En el evento que las actividades que sustentan la prórroga establecida en el artículo 1° de este decreto, puedan concluirse antes del término señalado, el Liquidador procederá al cierre inmediato de la liquidación.