° Son fines de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones, el reconocimiento y pago a sus afiliados forzosos, de las siguientes prestaciones: Asistencia médica, obstétrica, farmacéutica, quirúrgica y hospitalaria; Servicios odontológicos; Auxilio por enfermedad no profesional; Auxilio de maternidad; Indemnización por accidente de trabajo; Indemnización por enfermedad profesional; Pensión de Invalidez; Pensión vitalicia de jubilación; Auxilio de cesantía; Auxilio funerario; Seguro de vida.
Artículo 6
Son Fines De La Caja De Previsión Social De Comunicaciones, El Reconocimiento Y Pago A Sus Afiliados Forzosos, De Las Siguientes Prestaciones: Asistencia Médica, Obstétrica, Farmacéutica, Quirúrgica Y Hospitalaria; Servicios Odontológicos; Auxilio Por Enfermedad No Profesional; Auxilio De Maternidad; Indemnización Por Accidente De Trabajo; Indemnización Por Enfermedad Profesional; Pensión De Invalidez; Pensión Vitalicia De Jubilación; Auxilio De Cesantía; Auxilio Funerario; Seguro De Vida
Decreto 2661 de 1960 · Por el cual se dictan los estatutos de la Caja Previsión Social de Comunicaciones.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.