Micelio

Artículo 330

Vigencia Y Régimen De Transición

Ley 2452 de 2025 · por la cual se expide el Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El presente código entrará en vigencia un (1) año después de su publicación. Todos los procesos iniciados con anterioridad a la vigencia de este código se continuarán tramitando por las normas procesales anteriores.

Parágrafo 1

Quienes sean nombrados como jueces y magistrados deberán ser, como mínimo, especialistas o expertos en derecho del trabajo o en seguridad social.

Parágrafo 2

El Consejo Superior de la Judicatura, a través de la Escuela Judicial “Rodrigo Lara Bonilla” dentro del año siguiente a la expedición de esta ley, elaborará e implementará un plan de formación para funcionarios, empleados judiciales y abogados litigantes sobre el Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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