º. A partir del 11 de agosto de 1986 y durante la comisión a que se refiere el artículo 1º del presente Decreto, se encargará de las Funciones consulares en Kingston el doctor Víctor Alcides Ramírez Perdomo, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Colombia ante el Gobierno de Jamaica.
Decreto 2309 de 1986 →Vigente
Artículo 2
A Partir Del 11 De Agosto De 1986 Y Durante La Comisión A Que Se Refiere El Artículo 1º Del Presente Decreto, Se Encargará De Las Funciones Consulares En Kingston El Doctor Víctor Alcides Ramírez Perdomo, Embajador Extraordinario Y Plenipotenciario De Colombia Ante El Gobierno De Jamaica
Decreto 2309 de 1986 · por el cual se modifica el Decreto 1677 de 23 de mayo de 1986.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.