Son funciones judiciales de los Fiscales de los Tribunales Superiores de Distrito:
1ºLlevar la voz del Ministerio Público en todos los asuntos en que éste deba intervenir, que se ventilen ante los Tribunales superiores de Distrito;
2º Promover la averiguación de los delitos que sepan que se han cometido, cuando deba procederse de oficio;
3º Promover y sostener las acciones necesarias para la defensa de los bienes e intereses del Estado o del Departamento, en asuntos de la competencia de los Tribunales Superiores respectivos, y representar al estado o Departamento en las actuaciones que contra ellos se dirijan y que deban ventilarse ante dichos Tribunales, observando las instrucciones que se les den;
4º Defender ante los Tribunales Superiores los intereses de los Municipios en asuntos en que no tenga interés el Estado o el Departamento, siempre que dichos Municipios no hayan constituido un representante de sus derechos, que deba gestionar ante los Tribunales;
5º Solicitar la práctica de las diligencias judiciales que puedan convenir a la república o al Departamento,
6º Oír la quejas que se les den por demora o denegación de justicia en los Tribunales, y procurar que cese el mal, si existe, y que se exija la responsabilidad al culpado, si lo hubiere;
7º Llevar un registro de los sumarios y causas que cursen en cada uno de los Juzgados que dependen del Tribunal; anotar en él los que se despachen, y vigilar que no se demore el despacho más de lo necesario;
8º Imponer multas hasta de veinticinco pesos a los empleados de su dependencia que no cumplan oportunamente sus órdenes e instrucciones; y
9º Informar al Procurador General de la Nación sobre la marcha de la administración de justicia en el Distrito Judicial; indicar los inconvenientes que hayan ocurrido y las reformas que convenga introducir, y acompañar los respectivos cuadros de la estadísticas judicial. Esto lo deben hacer todos los informes anuales que han de dar sobre todos los negocios en que interviene el Ministerio Público.