Micelio

Artículo 1

Ley 15 de 1898 · Por la cual se reforma la 27 de 1896 y el Decreto legislativo número 591 de 1885

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando por reparación de más de un mes de un ministro de 1 o 2 clase entrara a reemplazarlo el secretario respectivo este gozara durante la ausencia de aquel de un sobresueldo equivalente a la cuarta parte de la asignación mensual de dicho ministro.

Lo dispuesto en el artículo comprende a los individuos que hayan funcionado como secretario de legislación encargados de negociación desde que se expidió la ley 27 de 1897.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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