Artículo treinta y dos. Todas las providencias del Superintendente que de conformidad con esta ley requerirán de protocolización se llevarán a la notaria del domicilio de la entidad intervenida. El Juez competente a que hace referencia este Decreto será el Civil del Circuito del domicilio de la entidad intervenida. Siempre que en este Decreto se hable del Superintendente Bancario, se entenderá el Agente Especial de este funcionario. Las normas de este Decreto se aplicarán sin perjuicio de los dispuesto por el artículo 1º del Decreto 1403 de 1940 y el artículo 32 de la Ley 66 de 1947.
Decreto 2217 de 1982 →Vigente
Artículo 32
Del Decreto 1403 De 1940 Y El Artículo 32 De La Ley 66 De 1947
Decreto 2217 de 1982 · Por medio del cual se adoptan medidas para proteger el ahorro privado
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.