Micelio

Artículo 5

El Ministerio De Trabajo, Higiene Y Previsión Social Girará Al Fondo Cooperativo Nacional La Partida Que Se Apropie Para Dar Cumplimiento A Lo Previsto En El Presente Decreto, Y, Por Medio De Resoluciones, Dispondrá El Pago De Los Gastos De Viaje A Medida Que Los Interesados Vayan Cumpliendo Los Requisitos Exigidos

Decreto 423 de 1946 · Por el cual se auspicia la Escuela Interamericana de Orientación Cooperativa

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social girará al Fondo Cooperativo Nacional la partida que se apropie para dar cumplimiento a lo previsto en el presente Decreto, y, por medio de resoluciones, dispondrá el pago de los gastos de viaje a medida que los interesados vayan cumpliendo los requisitos exigidos. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 423 de 1946