° El Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social girará al Fondo Cooperativo Nacional la partida que se apropie para dar cumplimiento a lo previsto en el presente Decreto, y, por medio de resoluciones, dispondrá el pago de los gastos de viaje a medida que los interesados vayan cumpliendo los requisitos exigidos. Comuníquese y publíquese.
Decreto 423 de 1946 →Vigente
Artículo 5
El Ministerio De Trabajo, Higiene Y Previsión Social Girará Al Fondo Cooperativo Nacional La Partida Que Se Apropie Para Dar Cumplimiento A Lo Previsto En El Presente Decreto, Y, Por Medio De Resoluciones, Dispondrá El Pago De Los Gastos De Viaje A Medida Que Los Interesados Vayan Cumpliendo Los Requisitos Exigidos
Decreto 423 de 1946 · Por el cual se auspicia la Escuela Interamericana de Orientación Cooperativa
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.