Micelio

Artículo 2

Ley 31 de 1949 · Por la cual se crea la Biblioteca Escolar Colombiana y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En el Presupuesto de la próxima vigencia se apropiará la partida de cien mil pesos ($ 100.000.00), destinados a comprar los derechos literarios y a editar las primeras obras de la Biblioteca Escolar Colombiana. El Ministerio de Educación Nacional podrá contratar con los señores Tomás Cadavid Restrepo y Constanza Sanin de Díaz la adquisición de las obras de que son autores, tituladas: "Raíces Griegas y Latinas". "Glosario Técnico", y "Vocabulario Greco-Latino", y "El Lector Colombiano", respectivamente, con destino a dicha Biblioteca.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 31 de 1949