Artículo primero. Las adquisiciones de implementos hospitalarios y de laboratorio que el Ministerio de Salud de Colombia debe hacer con cargo al Empréstito de Colombia -Reino Unido de 1973- cumplirán los siguientes requisitos
Si la cuantía del bien o bienes fuere inferior a mil libras esterlinas (1.000 Libras Esterlinas) podrán adquirirse directamente en el mercado teniendo en cuenta la calidad y el precio.
Si el valor de la compra fuere superior a mil libras esterlinas (1.000 Libras Esterlinas) e inferior a diez mil libras esterlinas (10.000 Libras Esterlinas), serán suficientes tres cotizaciones de Fabricantes o Proveedores Comerciales. Entre éstos se escogerá la más conveniente en cuanto a calidad y precio.
Los bienes cuyo valor excediere de diez mil libras esterlinas (10.000 Libras Esterlinas) se adquirirán mediante el procedimiento de licitación pública, con la formulación de un pliego de cargos en el que se especificarán la cantidad, clase y calidad de los mismos.