Micelio

Artículo 14

Ley 161 de 1994 · por la cual se organiza la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena, se determinan sus fuentes de financiación y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Junta Directiva. Son funciones de la Junta Directiva de la Corporación, las siguientes:

1.

Desarrollar y aplicar las políticas y directrices generales, determinadas por la Asamblea Corporativa, para la gestión de la Corporación.

2.

Dictar el reglamento interno y el manual de funciones.

3.

Definir la política administrativa de la entidad y aprobar los planes, programas y proyectos de la misma.

4.

Fijar las tasas o tarifas de los servicios que preste la Corporación, así como los valores de peaje, contribuciones por valorización, etc., que establezca con base en sus funciones.

5.

Autorizar la participación de la Corporación en las sociedades y asociaciones que se creen y organicen, para el mejor cumplimiento de los objetivos de la primera y análogas o complementarios.

6.

Adoptar el presupuesto anual de ingresos, gastos e inversiones, que incluirá las asignaciones correspondientes a la planta de personal adoptadas.

7.

Aprobar la adquisición o disposiciones de los bienes inmuebles de la Corporación.

8.

Delegar alguna o algunas de las funciones de la Corporación en otras entidades públicas y celebrar contratos de concesión o administración delegada con otras personas jurídicas, públicas o privadas.

9.

Establecer la cuantía a partir de la cual, los contratos o convenios que celebre el Director Ejecutivo, requieren aprobación previa de la Junta.

10.

Autorizar al Director Ejecutivo, para delegar sus funciones en otros funcionarios de la Corporación.

11.

Autorizar al Director Ejecutivo, para transigir, someter a arbitramento o para suscribir compromisos, en relación con las controversias o litigios, en que la Corporación sea parte.

12.

Utilizar las asesorías y servicios apropiados y necesarios para elaborar la normatividad que deberá aplicarse para el ejercicio de las facultades legales especiales, que en la presente Ley se le otorgan a la Corporación, con el objeto de adoptar, poner en práctica y supervisar un plan de manera integral de la cuenca hidrográfica.

13.

Ejercitar todas las funciones y expedir todos los actos que sean indispensables para el cumplimiento de las funciones y facultades de la Corporación y las demás que le asignen los estatutos.

Parágrafo

La Junta Directiva de la Corporación reglamentará la asistencia a las sesiones de la Asamblea Corporativa de Representantes de asociaciones comunitarias, que desarrollen actividades relacionadas con el objeto de la Corporación, tales como pescadores artesanales, usuarios campesinos, comunidades indígenas, etc.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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