Micelio

Artículo 8

Ley 83 de 1946 · Orgánica de la defensa del niño

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Oficial de Estadística tomará con el debido cuidado todos los datos referentes a los menores comparecientes al Juzgado, de acuerdo con la hoja elaborada en el Consejo Nacional de Protección Infantil y aprobada por la Contraloría General de la República, y hará mensual y anualmente las concentraciones de datos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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