COMPETENCIA DE LOS JUECES DE INSTRUCCION PENAL MILITAR. Los jueces de instrucción penal militar tienen competencia para investigar todos los delitos de Conocimiento de la justicia penal militar, cualquiera que sea el lugar donde se cometa el hecho. CAPITULO IX AUDITORES DE GUERRA
Decreto 2550 de 1988 →Vigente
Artículo 357
Decreto 2550 de 1988 · Por el cual se expide el nuevo Código Penal Militar
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.