La Sección, propenderá por la creación de centros de clasificación de los niños anormales y desviados, de manera que en éstos se indique, después de estudio del menor, el establecimiento de régimen constructivo y el tratamiento que en cada caso necesite los reformatorios y demás instituciones encargadas, de tratar y educar menores antisociales, y los recluidos por la justicia, deberán someterse a las normas técnicas, que imponga esta Sección.
Artículo 18
La Sección, Propenderá Por La Creación De Centros De Clasificación De Los Niños Anormales Y Desviados, De Manera Que En Éstos Se Indique, Después De Estudio Del Menor, El Establecimiento De Régimen Constructivo Y El Tratamiento Que En Cada Caso Necesite Los Reformatorios Y Demás Instituciones Encargadas, De Tratar Y Educar Menores Antisociales, Y Los Recluidos Por La Justicia, Deberán Someterse A Las Normas Técnicas, Que Imponga Esta Sección
Decreto 378 de 1939 · Por el cual se determina el plan de acción del Departamento de Protección Infantil y Materna
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.