Micelio

Artículo 11

Decreto 1616 de 2003 · por el cual se crea la Empresa de Servicios Públicos Domiciliarios “Colombia Telecomunicaciones S. A. E.S.P.”

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Revisor Fiscal . De conformidad con lo previsto en el artículo 203 del Código de Comercio, la sociedad deberá tener un Revisor Fiscal, el cual tendrá por lo menos un suplente. La elección del Revisor Fiscal y de su suplente la hará la Asamblea General de Accionistas. No obstante lo anterior, la Asamblea General de Accionistas podrá deferir estas designaciones a la Junta Directiva.

Parágrafo

El Revisor Fiscal y su suplente deberán ser contadores públicos y estarán sujetos a las inhabilidades, prohibiciones, incompatibilidades y responsabilidades que establece la ley. Podrá designarse para ejercer la Revisoría Fiscal a una asociación o firma de contadores, la cual deberá nombrar un contador público para que desempeñe personalmente el cargo, con su respectivo suplente. CAPITULO III Composición accionaria y capital social

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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