Micelio

Artículo 13

El Instituto Colombiano De Bienestar Familiar Podrá Crear Centros De Atención Integral Al Preescolar Mediante La Constitución De Sociedades Con Entidades Privadas Sin Animo De Lucro Que Presten Servicios De Atención Al Menor, O Con Las Que, Aunque No Se Dediquen A La Prestación De Estos Servicios Estén En Condiciones De Prestarlos A Juicio Del Instituto

Decreto 1617 de 1977 · Por el cual se reglamenta la Ley 27 de 1974 en los concerniente a la organización de los centros de atención integral al preescolar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar podrá crear centros de atención integral al preescolar mediante la constitución de sociedades con entidades privadas sin animo de lucro que presten servicios de atención al menor, o con las que, aunque no se dediquen a la prestación de estos servicios estén en condiciones de prestarlos a juicio del Instituto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1617 de 1977