Micelio

Artículo 44

Los Presentes Estatutos Rigen A Partir De La Fecha De Su Aprobación Por El Gobierno Nacional

Decreto 541 de 1977 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 1 de la Junta Directiva de la Empresa de Telecomunicaciones de Cartagena Telecartagena

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los presentes Estatutos rigen a partir de la fecha de su aprobación por el Gobierno Nacional. Comuníquese y cúmplase. Expedido en Cartagena a los diez y siete (17) días del mes de septiembre de mil novecientos setenta y seis (1976) El Presidente de la Junta. (Fdo.), Jaime Aguilera Blanco. El Secretario ad hoc. (Fdo.), Olga Puello Puerta"

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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