Micelio

Artículo 69

Del Acompañamiento A Retornos Que Se Hayan Dado De Manera Voluntaria Por Parte De Grupos Étnicos

Decreto 4634 de 2011 · por el cual se dictan medidas de asistencia, atención, reparación integral y restitución de tierras a las víctimas pertenecientesal pueblo Rrom o Gitano.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Del acompañamiento a retornos que se hayan dado de manera voluntaria por parte de grupos étnicos . Cuando se trate de retornos que se han producido de manera voluntaria por parte de las víctimas de que trata el presente Decreto, se llevará a cabo la consulta del Plan Integral de Reparación Colectiva con participación y representación de las autoridades Rom o Gitano, organizaciones Rom o representantes de las Kumpañy, previa verificación de que existan las condiciones de seguridad y dignidad.

Parágrafo 1

La Fuerza Pública rendirá concepto sobre la situación de seguridad del lugar sobre el que se realizó el retorno voluntario por parte de las víctimas.

Parágrafo 2

La Personería municipal y/o la Defensoría Regional y las autoridades, organizaciones Rom o los Representantes legales de las Kumpañy podrán aportar pruebas que contribuyan a la verificación de las condiciones de seguridad del lugar sobre el que se realizó el retorno voluntario por parte de las víctimas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4634 de 2011