Micelio

Artículo 5

Las Personas Que Se Desempeñen En Los Cargos Previamente Determinados Para El Cumplimiento Del Servicio Social Obligatorio Están Autorizados Para El Ejercicio De La Profesión U Oficio, Solamente Para Los Fines Y Por El Término Del Servicio Social Obligatorio

Decreto 2396 de 1981 · Por el cual se dictan disposiciones relacionadas con el Servicio Social Obligatorio del área de la Salud

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Las personas que se desempeñen en los cargos previamente determinados para el cumplimiento del Servicio Social Obligatorio están autorizados para el ejercicio de la profesión u oficio, solamente para los fines y por el término del Servicio Social Obligatorio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2396 de 1981