Lo dispuesto en el Artículo 1o se entenderá sin perjuicio de la bonificación de que trata la Ley 77 de 1887 en favor de la carga de exportación.
Poder Ejecutivo Bogotá , octubre 27 de 1915 .
Ley 33 de 1915 · Sobre impuestos fluviales en las vías navegables de la Nación
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Lo dispuesto en el Artículo 1o se entenderá sin perjuicio de la bonificación de que trata la Ley 77 de 1887 en favor de la carga de exportación.
Poder Ejecutivo Bogotá , octubre 27 de 1915 .
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.