Pruebas técnicas. El funcionario de instrucción o del conocimiento, podrá solicitar a los laboratorios oficiales y a las oficinas de Medicina Legal, los dictámenes que considere necesarios en desarrollo de las investigaciones que adelante, teniendo en cuenta, en lo posible, la distribución de funciones a la policía judicial y el carácter científico de los estudios.
Recibida la solicitud, ésta deberá atenderse sin dilación alguna. Cualquier demora injustificada hará incurrir al responsable en sanción disciplinaria.
Los funcionarios de los laboratorios de la Policía Nacional y del Departamento Administrativo de Seguridad, son peritos oficiales y como tal actuarán en las diligencias.
TEXTO CORRESPONDIENTE A