La forma de pago del interés social deberá establecerse en los estatutos de cada empresa. Si el interés social incluye bienes inmuebles adjudicados por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, sobre los cuales se haya declarado la caducidad administrativa de la adjudicación, en la liquidación se observará lo prescrito en el numeral 3º del artículo 81 de la Ley 135 de 1961. CAPITULO VI. Disolución y liquidación.
Decreto 561 de 1989 →Vigente
Artículo 40
Decreto 561 de 1989 · Por el cual se expide el régimen jurídico de las Empresas Comunitarias
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.