Micelio

Artículo 6

Ley 90 de 1947 · Por la cual se ordenan unas obras en la Quinta de San Pedro Alejandrino, en la ciudad de María Marta, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A partir de 1946 auméntase a dos mil pesos ($ 2.000 ) mensuales el auxilio de la Nación para la conservación de la Quinta de San Pedro Alejandrino, con sus dependencias.

Parágrafo 1

Este auxilio lo manejará e invertirá la Sociedad de Mejoras Públicas de Santa Marta, presidida por el Gobernador del Departamento y rendirá cuentas a la Contraloría General de la República.

Parágrafo 2

º En lo sucesivo estará a cargo de la Sociedad de Mejoras Públicas de Santa Marta la conservación y ornato de la Quinta de San Pedro Alejandrino y sus dependencias.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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