Art. 77. Los preparatorios serán tres, dividiendo en tres grupos las respectivas materias, de los cuales el primero comprenderá lo relativo á las matemáticas é idiomas; el segundo, lo relativo á ciencias naturales, y el tercero lo que constituye propiamente los cursos de Minería, inclusive la Economía política y la Higiene, en relación con la Minería y el Código de Minas. Cada uno de los exámenes durará hora y media, y será hecho por tres examinadores nombrados por el Rector, Presidente del acto.
Decreto 404 de 1904 →Vigente
Artículo 77
Decreto 404 de 1904 · Sobre Estatutos de la Escuela Nacional de Minas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.